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Iuspositivismo y iusnaturalismo

Hay dos grandes vertientes en la filosofía del derecho: iuspositivismo y iusnaturalismo. La primera recalca que tanto normas como derecho son efectuados por el ser humano, creaciones propias de determinadas organizaciones políticas (pensemos en los estados); la segunda, al contrario, que los derechos y normas del ser humano son naturales e inherentes.

Iuspositivismo Iusnaturalismo
Definición En esta filosofía del derecho las normas y el derecho en sentido amplio son creaciones de los seres humanos. En esta filosofía del derecho las normas y el derecho son inherentes al ser humano, por lo tanto son naturales y universales.
Características principales
  • El derecho es una construcción o creación humana
  • Se puede apelar a la objetividad
  • Diferencia entre derecho y moral (esta última unilateral y subjetiva)
  • Tiene su origen en el positivismo y la escuela Histórica Alemana del siglo XIX.

 

  • El derecho es inherente al ser humano.
  • Desde un pasado remoto, más allá de la historia, al ser humano lo acompaña y asiste el derecho.
  • El ser humano en muchos casos tendría una bondad o por lo menos racionalidad natural (sobre todo si la naturaleza del hombre no es buena).
  • Los derechos son naturales y universales.

Iuspositivismo

El Iuspositivismo considera que las leyes y normas son construcciones del ser humano. Aquí no hay estados de naturaleza que den cuenta de lo jurídico más allá de la historia. No: si el ser humano crea las leyes y normas, lo hace por medio de diferentes tipos de organización. En la actualidad podemos hablar de los estados, que en su vertiente republicano democrática son los más aceptados del mundo.

El objeto último del Iuspositivismo es el derecho en sí y considera a todas las leyes en forma objetiva. Pero la objetividad en las leyes no indica que son hechos de la naturaleza, lo cual las haría incólumes: sino creaciones humanas, maleables, falibles en muchos casos y perfectibles, por supuesto. El legislador no es una entidad que se encuentre por encima de la sociedad, sino un sujeto interviniente que intenta tipificar normas y leyes a partir de lo que es la sociedad, sus ideas, intenciones, límites e ideales.

Otra importante concepción en el Iuspositivismo es su división entre derecho y moral. Lo primero apela a la intersubjetividad, a valores como la justicia y lo correcto que por lo menos son aceptados por la comunidad (y tienen una perfecta intención objetiva); lo segundo está más asociado a lo subjetivo, porque cada individuo puede interpretar las creencias y decidir lo que es correcto o no.

Ideas principales del Iuspositivismo

  • Rechaza la idea de conexión entre derecho y moral (el primero intersubjetivo y legislado por un tercero eminente y el segundo unilateral).
  • Las leyes y normas son creadas por el ser humano.
  • El derecho está fuertemente influenciado por lo que considere correcto determinada comunidad y si hay valores universales en todo caso son compromisos o acuerdos entre todas las sociedades del mundo (lo cual casi nunca sucede).
  • El Iuspositivismo tiene un doble origen: la escuela Histórica Alemana del siglo XIX que vinculaba el derecho con los pueblos y el positivismo, que anhelaba separar la ciencia de lo que consideraba metafísica.

Iusnaturalismo

El Iusnaturalismo es una filosofía del derecho que define que los derechos son inherentes al ser humano. Aunque sean de una fuente racional o divina, desde que el hombre surca la tierra hay derecho. Y el dato más curioso tal vez sea considerar el estado de la naturaleza como concepto: antes de formar sus sociedades, antes incluso de la historia, el hombre existía y había derecho, o por lo menos unos rudimentos del mismo, pero esenciales.

El Iusnaturalismo, como se ve, no niega que el derecho sea una cuestión antropocéntrica, pero le quita la historia, la controversia, el acuerdo y todo lo que hace a la construcción del derecho para un positivista: en un pasado excesivamente remoto el hombre ya tenía su derecho, a veces aportado por un Dios y otras veces por la divina razón.

Otra implicancia interesante de esta filosofía es que los derechos pueden ser universales: son de todos los seres humanos por el mero hecho de serlo, ya que es una cuestión natural donde no media ninguna instancia político-jurídica humana. De hecho, desde el estado de la naturaleza o un poco después el hombre ya exhibe bondad, ética, moral y raciocinio.

Ideas principales del Iusnaturalismo

  • Plantea un origen natural de los derechos del ser humano, porque tienen una fuente divina o producida por la misma racionalidad desde tiempos remotos (se podría decir que el derecho tiene una fuente metafísica).
  • Los derechos y valores en tanto universales le vienen a todos por igual.
  • Más allá de las disposiciones históricas, se asumen ciertas características del hombre con anterioridad.
  • Nada está por encima de lo universal y natural. En este sentido, las normas que crean los legisladores en sus estados tienen que ser un reflejo, un epifenómeno que confirme lo que ya nos dio la naturaleza, por vía divina o racional.
  • El Iusnaturalismo es sumamente antiguo, a tal punto que pensadores griegos y romanos de algún modo avalaron sus lecturas. Platón y Cicerón, ambos sostuvieron ideas de derechos naturales y por ende universales.