El derecho civil regula los derechos privados de las personas. El derecho penal regula la conducta de los individuos para proteger al público. El derecho civil se distingue del derecho penal en que conduce las relaciones particulares entre los individuos, mientras que el derecho penal forma parte del derecho público debido a la naturaleza del delito, aunque sólo afecte a las personas.
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Derechos | Diferencias | Objetivos |
Derecho Civil | Guía los vínculos privados entre habitantes y entidades. | Conduce las relaciones particulares entre los individuos. |
Derecho Penal | Finalidad, condenar los hechos realizados por los habitantes y organismos. | Forma prte del derecho público, debido a la naturaleza del delito, auque sólo afecte a las personas. |
Derecho civil y derecho penal
Entre las muchas especialidades que existen en nuestro sistema legal encontramos el Derecho civil y el Derecho penal. El Derecho civil rige o regula las relaciones privadas entre personas, físicas o jurídicas, dentro de una sociedad. Su función principal es delimitar un marco de seguridad jurídica para que las personas conozcan cuáles son sus derechos y sus obligaciones. Así, en el tráfico jurídico, las personas podrán acudir a los tribunales si ven vulnerados sus derechos.
Se tramitan por los cauces del derecho civil, entre muchos otros: separaciones, divorcios, custodias, tutelas, reclamaciones de cantidad, impugnaciones de acuerdos sociales, cuestiones hereditarias, arrendamientos, desahucios, propiedad horizontal, incumplimientos contractuales, etc.
Derecho Civil
El derecho civil es una rama del derecho dedicada al estudio y la regulación de los distintos aspectos de la vida civil de las personas, es decir, de sus derechos reales (propiedad y posesión), obligaciones contractuales, relaciones familiares (matrimonio, patria potestad, etc.), sucesión (herencia) y estado civil.
Se trata de un conjunto de normas jurídicas que regulan la vida patrimonial de las personas, considerándolas en su singularidad e individualidad, y no como una generalidad. Dichas relaciones patrimoniales pueden ser públicas o privadas, físicas o jurídicas, y se encuentran siempre bajo la protección del ordenamiento jurídico del Estado.
El derecho civil puede ser considerado como una forma de derecho privado, dado que regula las relaciones entre las personas, al margen de lo público. Por otro lado, puede ser una forma de derecho común, dado que sirve como derecho supletorio (o sea, como auxiliar) a otras ramas del derecho privado que regulan aspectos específicos de la vida civil.
Derecho Penal
Se entiende por derecho penal a la rama del Derecho que se encarga de normar y concebir las capacidades punitivas, es decir, de castigo, que se reserva el Estado para aquellos que violentan las normas de convivencia o de conducta, siempre a partir de un principio de proporcionalidad y de imparcialidad.
El derecho penal comprende la creación y el estudio de las leyes penales, aquellas que contemplan justamente lo que es y lo que no es un delito, así como el acompañamiento y orientación de las decisiones judiciales en la materia. Pero no sólo eso, sino que también de los mecanismos con los que la sociedad se protege a sí misma y la filosofía que existe detrás del castigo y/o la reclusión.
Esta rama jurídica pertenece al Derecho positivo, o sea, al contemplado en ordenanzas, códigos y leyes escritas y adscritas por las personas. Los asuntos penales tienen que ver con la decisión de alejar por un tiempo a un individuo del resto de la sociedad, al considerarlo peligroso o incapaz de ajustarse a las reglas, o de brindarle un marco de rehabilitación para que lo haga.
La única fuente posible del derecho penal es la ley misma, contemplada en los códigos penales y leyes penales en vigencia, ya que ni la costumbre ni la naturaleza definen lo que es punible o no, sólo las leyes de los seres humanos.
El derecho penal se rige por los siguientes principios:
1. La presunción de inocencia. Este principio dicta que todo ciudadano ha de ser considerado inocente hasta que se tengan las pruebas y deducciones necesarias para demostrar fehacientemente su culpabilidad. Todos somos inocentes hasta que se demuestre lo contrario.
2. La igualdad ante la ley. Este principio es clave para el Estado de derecho, y significa que todo ciudadano debe responder en iguales términos ante la ley, lo cual equivale a decir que todos los crímenes de todos los ciudadanos, sin importar su clase, religión, sexo, etc., deben ser juzgados con el mismo baremo y castigados igual.
3. La proporcionalidad del castigo. Este principio establece que el castigo impartido por el Estado ha de ser proporcional al crimen cometido, de manera que crímenes más graves reciban una sanción más grande que los crímenes menores.
4. La legalidad del derecho. Este principio establece que las acciones del Estado en la sanción de los delitos cometidos no pueden ser a su vez crímenes, es decir, que el castigo impartido no puede constituir a su vez una violación de la ley, o el Estado sería un Estado criminal, digno también de castigo.
5. El respeto al debido proceso. Conjunto con el derecho procesal, el derecho penal se encarga de que todo acusado reciba las mismas y mínimas oportunidades de defenderse, de dar su versión de los hechos y de ser juzgado individualmente por cada delito que se le impute.
6. Los derechos humanos. Por último, los derechos humanos son derechos mínimos que se merece todo ser humano, sin importar sus condiciones, proveniencia o grado de culpabilidad, incluso si él no respetó los derechos de otro y por ello deba ser castigado.